El CCT 130/75 de empleados de comercio no estipula nada con respecto a el pago de horas extras, por ende, debemos remitirnos a la Ley de contrato de Trabajo... te resumo el punto
* Si la hora extra la realizas desde el lunes al sabado hasta las 13hs corresponde liquidarla al 50%.
* Si la hora extra la realizas desde el sábado a las 13 hasta el lunes a las 06 de la mañana, corresponde liquidarla al 100%
Como sacas la cuenta?
- Al 50% = Sueldo bruto / cantidad de horas mensuales x 1,5 (Ejemplo $1000 / 200 x 1,5 = $7,5)
- Al 100% = Sueldo bruto / cantidad de horas mensuales x 2 (Ejemplo $1000 / 200 x 2 = $10).
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El CCT 130/75 de empleados de comercio no estipula nada con respecto a el pago de horas extras, por ende, debemos remitirnos a la Ley de contrato de Trabajo... te resumo el punto
* Si la hora extra la realizas desde el lunes al sabado hasta las 13hs corresponde liquidarla al 50%.
* Si la hora extra la realizas desde el sábado a las 13 hasta el lunes a las 06 de la mañana, corresponde liquidarla al 100%
Como sacas la cuenta?
- Al 50% = Sueldo bruto / cantidad de horas mensuales x 1,5 (Ejemplo $1000 / 200 x 1,5 = $7,5)
- Al 100% = Sueldo bruto / cantidad de horas mensuales x 2 (Ejemplo $1000 / 200 x 2 = $10).
Espero te sirva!
En Argentina es como $16 y si es del sábado a las 2 de la tarde, en adelante, hasta el domingo o lunes ya, a la 6 de la mañana se paga tres veces mas.