En jardines de niños construidos exprofeso en zona urbana:
*la superficie se considera a razón de 2.50m cadrados por alumno, y en el aula de 0.90 m cuadrados como mínimo y altura de 2.70 m, en áreas de esparcimiento 1.25 m cuadrados mínimo por alumno.
*la iluminación debe ser natural, por lo menos en la quinta parte de la superficie total del aula.
* la ventilación no será inferior al 5 % del área del aula
la información es obtenida del libro: organización y ambientación del jardín de niños de la sep pág. 10 y 11
espero te sirva la información, te sugiero consultar el acuerdo 357 para mayor información, aqui copio un fragmento del artículo 29 "descripción de instalaciones"
DESCRIPCION DE INSTALACIONES
Artículo 29.- En el Anexo 2 de su solicitud, el particular describirá las instalaciones, material y
equipo escolar con los que dará cumplimiento al Programa de Educación Preescolar, tomando
como referencia las especificaciones que a continuación se señalan, considerando la relación
entre la matrícula máxima que podría albergar el plantel educativo y las medidas del mismo:
I. SUPERFICIE CONSTRUIDA: Podrá constar de planta baja y un máximo de dos niveles,
siendo la superficie por educando de 1.00 m2.
II. AULAS Y ANEXOS: El plantel educativo tendrá aulas y anexos con las características que
permitan la atención y convivencia de educandos del nivel de educación preescolar, de
acuerdo a lo siguiente:
a) Las instalaciones deberán prever como superficie en las aulas 1 m2 por educando,
considerando también el espacio del maestro, que será de 2 m2. La superficie de recreación
debe ser de 1.25 m2 por educando, considerando la inscripción esperada para los tres grados.
El patio deberá ubicarse en la planta baja del inmueble.
b) El aula de usos múltiples deberá tener una superficie mínima, en metros cuadrados,
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En jardines de niños construidos exprofeso en zona urbana:
*la superficie se considera a razón de 2.50m cadrados por alumno, y en el aula de 0.90 m cuadrados como mínimo y altura de 2.70 m, en áreas de esparcimiento 1.25 m cuadrados mínimo por alumno.
*la iluminación debe ser natural, por lo menos en la quinta parte de la superficie total del aula.
* la ventilación no será inferior al 5 % del área del aula
la información es obtenida del libro: organización y ambientación del jardín de niños de la sep pág. 10 y 11
espero te sirva la información, te sugiero consultar el acuerdo 357 para mayor información, aqui copio un fragmento del artículo 29 "descripción de instalaciones"
DESCRIPCION DE INSTALACIONES
Artículo 29.- En el Anexo 2 de su solicitud, el particular describirá las instalaciones, material y
equipo escolar con los que dará cumplimiento al Programa de Educación Preescolar, tomando
como referencia las especificaciones que a continuación se señalan, considerando la relación
entre la matrícula máxima que podría albergar el plantel educativo y las medidas del mismo:
I. SUPERFICIE CONSTRUIDA: Podrá constar de planta baja y un máximo de dos niveles,
siendo la superficie por educando de 1.00 m2.
II. AULAS Y ANEXOS: El plantel educativo tendrá aulas y anexos con las características que
permitan la atención y convivencia de educandos del nivel de educación preescolar, de
acuerdo a lo siguiente:
a) Las instalaciones deberán prever como superficie en las aulas 1 m2 por educando,
considerando también el espacio del maestro, que será de 2 m2. La superficie de recreación
debe ser de 1.25 m2 por educando, considerando la inscripción esperada para los tres grados.
El patio deberá ubicarse en la planta baja del inmueble.
b) El aula de usos múltiples deberá tener una superficie mínima, en metros cuadrados,
espero te sirva esta información. adios...