Duda trabajo horas nocturnas?

Que tal, tengo una duda que hasta ahora nadie pudo desasnar.

Yo trabajo de las 22hs. hasta las 07hs, o sea 9hs en total por día. La duda surge de como me tendrían que pagar las horas o si debería trabajar menos horas.

En Argentina las horas nocturnas se consideran tales entre las 21hs y las 06hs del otro día. O sea que yo estoy haciendo 8 horas nocturnas todos los días. Mi semana laboral comienza los Lunes a las 22hs, y finaliza los Sábados a las 07hs.

A mi me pagan 8 minutos de mas por cada hora nocturna trabajada.

El tema es que algunos me dicen que está mal, que aparte de pagarme los 8 minutos de mas por cada hora nocturna (que es el valor de la hora nocturna), deberían pagarme un plus por sobrepasar las siete horas de trabajo nocturno.

Les transcribo lo que dice la ley a ver que interpretan ustedes:

Trabajo nocturno e insalubre:

La jornada de trabajo íntegramente nocturna no podrá exeder de siete (7) horas, entendiendosé por tal la que se cumpla entre la hora 21 de un dia y la hora 06 del siguiente. Cuando se alternen horas diurnas con nocturnas se reducirá proporcionalmente la jornada en ocho (8) minutos por cada hora nocturna trabajada o se pagaran los 8 minutos de exceso, como tiempo suplementario segun las pautas del articulo 201.

Esto es lo que dice la ley, ustedes que opinan?.

Gracias.

Please enter comments
Please enter your name.
Please enter the correct email address.
You must agree before submitting.

Answers & Comments


Helpful Social

Copyright © 2024 ANSWERS.MX - All rights reserved.