Es la extinción de responsabilidades penales. Existen dos formas: el total, cuando se "perdonan" todas las penas a las que hubieran sido condenadas el reo; y parcial, cuando se perdonan sólo algunas penas o se cambian por otras menores.
Es el perdon que se da a alguien o algo, por ejemplo en los toros se dice que se indulto al toro cuando este fue un ejemplar digno de no morir. o cuando un juez penal indulta a un reo de su condena es decir la perdona.
+ El indulto supone el perdón de la pena, mientras que la amnistÃa supone el perdón del delito. Por eso sólo se puede indultar respecto de la parte de la pena que no haya sido ya cumplida, mientras que la amnistÃa puede implicar rehabilitar al amnistiado en derechos ya perdidos al cumplir la pena impuesta.
+ Mientras que el indulto afecta a una persona concreta, la amnistÃa afecta a una pluralidad.
+ Mientras que en el indulto subsiste la responsabilidad civil en la amnistÃa no.
+ Mientras que para otorgar el indulto es necesario un decreto para la amnistÃa es necesaria una ley del Parlamento. (En algunos paises)
+ Mientras que en el indulto los antecedentes penales se regirÃan por las reglas de la cancelación, la amnistÃa extinguirÃa los antecedentes penales.
+ Mientras que para otorgar indulto es necesaria sentencia firme la amnistÃa paraliza el proceso judicial.
FUNDAMENTOS
1) La posibilidad de atemperar el rigor de la ley, que el juez se ve obligado a aplicar aunque la considere excesiva, pero que encuentra una solución con la facultad del Poder Ejecutivo de dictar indulto o conmutar la pena. Suele ocurrir que el magistrado, obligado como está a aplicar la ley se encuentra imposibilitado de atenuar su rigorismo, ante situaciones particulares de la causa. Ello suele ocurrir con mucha frecuencia en los homicidios calificados por el vÃnculo, en que el juez sólo tiene las alternativas que le da el Código Penal: prisión perpetua o reclusión perpetua. Aunque le parezca demasiado elevada la pena debe hacerlo asÃ, pues es su obligación aplicar la ley. Pero ese rigorismo al que se ve compelido el magistrado, puede ser atenuado con la atribución del indulto o de la conmutación, para lo cual nuestra sabia Constitución instrumenta la obligación de pedir informes, otorgándole al magistrado la posibilidad de hacer saber circunstancias que pueden permitir al presidente aplicar una solución que las contemple y permita adecuar la pena o eliminarla.
2)Los lÃmites los establece la propia Constitución: 1) deben ser delitos sujetos a la jurisdicción federal; 2) a obligación del previo informe del tribunal correspondiente; 3) la excepción de los casos de acusación por la Cámara de Diputados.
3) El indulto es “un privilegiado atributo gubernamental, de alta jerarquÃa polÃtica, de naturaleza discrecional, y está librado al prudente arbitrio del Poder Ejecutivo, sin que al respecto exista derecho alguno invocable por parte de los ciudadanos, ni ser objeto de revisión judicial”
_*_ creo ke te equibocaste y es insulto donde mucha gente naca lo ace paraacer sentir mal a los demas con sus palabras =) _*_*_stargirl_*_*_ la unica y la mejor
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El indulto es el perdón. Por ejemplo en el Gobierno de Menem este firmo el indulto a todos los militares.
Suerte.
Es la extinción de responsabilidades penales. Existen dos formas: el total, cuando se "perdonan" todas las penas a las que hubieran sido condenadas el reo; y parcial, cuando se perdonan sólo algunas penas o se cambian por otras menores.
Es el perdon que se da a alguien o algo, por ejemplo en los toros se dice que se indulto al toro cuando este fue un ejemplar digno de no morir. o cuando un juez penal indulta a un reo de su condena es decir la perdona.
El "derecho de gracia", también conocido como indulto, es una renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado, fundada en razones de equidad, oportunidad o conveniencia pública. Sus manifestaciones son la "amnistÃa" y el "indulto", que a su vez puede ser general y "particular". Siendo una causa de extinción de la responsabilidad penal.
+ El indulto supone el perdón de la pena, mientras que la amnistÃa supone el perdón del delito. Por eso sólo se puede indultar respecto de la parte de la pena que no haya sido ya cumplida, mientras que la amnistÃa puede implicar rehabilitar al amnistiado en derechos ya perdidos al cumplir la pena impuesta.
+ Mientras que el indulto afecta a una persona concreta, la amnistÃa afecta a una pluralidad.
+ Mientras que en el indulto subsiste la responsabilidad civil en la amnistÃa no.
+ Mientras que para otorgar el indulto es necesario un decreto para la amnistÃa es necesaria una ley del Parlamento. (En algunos paises)
+ Mientras que en el indulto los antecedentes penales se regirÃan por las reglas de la cancelación, la amnistÃa extinguirÃa los antecedentes penales.
+ Mientras que para otorgar indulto es necesaria sentencia firme la amnistÃa paraliza el proceso judicial.
FUNDAMENTOS
1) La posibilidad de atemperar el rigor de la ley, que el juez se ve obligado a aplicar aunque la considere excesiva, pero que encuentra una solución con la facultad del Poder Ejecutivo de dictar indulto o conmutar la pena. Suele ocurrir que el magistrado, obligado como está a aplicar la ley se encuentra imposibilitado de atenuar su rigorismo, ante situaciones particulares de la causa. Ello suele ocurrir con mucha frecuencia en los homicidios calificados por el vÃnculo, en que el juez sólo tiene las alternativas que le da el Código Penal: prisión perpetua o reclusión perpetua. Aunque le parezca demasiado elevada la pena debe hacerlo asÃ, pues es su obligación aplicar la ley. Pero ese rigorismo al que se ve compelido el magistrado, puede ser atenuado con la atribución del indulto o de la conmutación, para lo cual nuestra sabia Constitución instrumenta la obligación de pedir informes, otorgándole al magistrado la posibilidad de hacer saber circunstancias que pueden permitir al presidente aplicar una solución que las contemple y permita adecuar la pena o eliminarla.
2)Los lÃmites los establece la propia Constitución: 1) deben ser delitos sujetos a la jurisdicción federal; 2) a obligación del previo informe del tribunal correspondiente; 3) la excepción de los casos de acusación por la Cámara de Diputados.
3) El indulto es “un privilegiado atributo gubernamental, de alta jerarquÃa polÃtica, de naturaleza discrecional, y está librado al prudente arbitrio del Poder Ejecutivo, sin que al respecto exista derecho alguno invocable por parte de los ciudadanos, ni ser objeto de revisión judicial”
Indulto es el perdón que se le otorga a alguien.
besos
por que no lo buscas en wikipedia, trae varias definiciones, tal vez alguna te sirva
ES EL PERDON CONCEDIDO POR UNA AUTORIDAD PARA UN REO CONDENADO
ps... un indulto es cuando los de la cárcel te perdonan por el delito ke cometist y te dejan en libertad.
indulto.
(Del lat. indultus).
1. Gracia por la cual se remite total o parcialmente o se conmuta una pena.
2. Gracia que excepcionalmente concede el jefe del Estado, por la cual perdona total o parcialmente una pena o la conmuta por otra más benigna.
En sÃntesis, el indulto es un PERDÃN...
Indulto se refiere al perdón que se le otorga a alguien.
Por ejemplo en las corridas de toros cuando se indulta al toro significa que se le perdona la vida y no lo matan.
_*_ creo ke te equibocaste y es insulto donde mucha gente naca lo ace paraacer sentir mal a los demas con sus palabras =) _*_*_stargirl_*_*_ la unica y la mejor